miércoles, 15 de abril de 2009

¡Hiiiiiiijos de... ecuatorianos!

Lo podrán hacer, pero a partir del año. Hasta tanto... ¿podrían deportarles por sin papeles a los güagüas?

4 comentarios:

Fibonacci dijo...

¿Eso no aplica para todos los latinos, o "sudacas" como nos dicen en España?

BONIL dijo...

No lo sé, Fibonacci. Pero con los ecuatorianos sucede esto porque el gobierno español se sirvió de un artículo de la nueva constitución del Ecuador que dice que todo niño o niña de padres ecuatorianos nacidos en el extranjero tienen nacionalidad ecuatoriana por nacimiento. Antes aquellos niños podían ser inscritos como españoles, por ejemplo, de manera automática. Ahora deberán esperar un año para hacerlo. Antes era al revés: debían hacer un trámite para obtener la nacionalidad ecuatoriana.
Por cierto, no sé cuál es la dirección de tu blog para visitarte algún rato. Saludos

Fibonacci dijo...

Pues vea que en la constitución de Colombia también hay un artículo así: son colombianos por nacimiento "... los hijos de padre o madre colombianos que hubieren nacido en tierra extranjera". Por eso me pregunto si no aplicará la misma historia.
Y la verdad es que no tengo blog por ahora.

BONIL dijo...

No tienes blog, no importa. Con que tengas nacionalidad está bastante. Saludos, estimado Fibonacci.